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Ex paramilitar de Casanare Alias “El Obrero” condenado a 27 años de cárcel por homicidios sistemáticos en Boyacá

miguelangelok | --- | | comentarios: 0

 El Juzgado Primero Penal del Circuito de Tunja reconstruyó el contexto en el que operó una estructura paramilitar en Boyacá, vinculada a las Autodefensas Campesinas del Casanare (ACC), organización delincuencial el mando de Héctor José Buitrago Rodríguez, alias “El Patrón” y su hijo Héctor Germán Buitrago alias “Martín Llanos”.

Según el fallo, el grupo que extendió su presencia desde Casanare y Meta hacia otros territorios, entre ellos Boyacá, consolidó un aparato armado que ejecutó asesinatos selectivos contra distintos sectores de la población entre 2002 y 2003 como parte de un patrón sistemático de violencia ejecutado por una estructura paramilitar, con posible colaboración y tolerancia de agentes estatales.

El Juzgado de Tunja condenó a Hernán Giovanni Arteaga Plazas, conocido como alias “El Obrero”, a 27 años y seis meses de prisión por homicidios sistemáticos calificados como crímenes de lesa humanidad en Boyacá. Esta sentencia se dictó tras determinar la participación de Arteaga Plazas en una serie de asesinatos en ese departamento.

La decisión judicial estableció que los homicidios hicieron parte de un ataque sistemático y generalizado, lo que motivó su calificación como delitos de lesa humanidad, considerados imprescriptibles de acuerdo con la normativa internacional y nacional. La investigación demostró que Arteaga Plazas actuó como coautor en cuatro homicidios agravados ejecutados de forma sucesiva.

Las víctimas, Ricardo Rosales Orozco, Óscar Eliécer Moreno Moreno, Dydyer Alexander León Suárez y Juan Pablo Castro Aguilar, fueron señaladas por el grupo armado como supuestos colaboradores de la guerrilla o vinculados a actividades delictivas dentro de la práctica conocida como la mal llamada “limpieza social”.

Según la acusación de la Fiscalía, en esta expansión participaron jefes armados como Josué Darío Orjuela Martínez alias “Solín”, comandante de la estructura urbana, y Nelson Orlando Buitrago Parada, alias “Caballo”, integrante del Estado Mayor. Bajo su control, se cometieron decenas de homicidios en un patrón de violencia sostenida que impactó especialmente en Tunja durante el segundo semestre de 2002 y el año 2003.

En el caso de alias “El Obrero”, el juzgado determinó que recurrió a fachadas para identificar a sus víctimas. Entre ellas, se destaca la venta informal de minutos telefónicos en la Plaza de Bolívar de Tunja, desde donde realizaba labores de señalamiento e inteligencia previa.

Aunque durante el juicio Arteaga Plazas intentó restar credibilidad a los señalamientos, el despacho concluyó que las pruebas y testimonios recaudados permitieron establecer su pertenencia activa a las ACC y su responsabilidad directa en los hechos investigados.

La sentencia también señaló la participación del Estado en estos hechos, al advertir que la operación del grupo armado fue posible por la tolerancia y colaboración de integrantes de la Fuerza Pública y de organismos estatales como el DAS, el CTI y la Policía. En el documento judicial se indica que el accionar criminal se desplegó “con apoyo de miembros de la Fuerza Pública”, lo que refuerza la tesis de connivencia institucional.

Las víctimas de este caso estuvieron representadas por el Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar), organización que celebró la decisión judicial y subrayó la necesidad de avanzar en el esclarecimiento integral de la verdad. El colectivo enfatizó la importancia de esclarecer todas las responsabilidades, en particular las de los máximos responsables y de los agentes estatales y terceros que facilitaron o toleraron estas prácticas.

En el fallo se resalta que los crímenes por los cuales se condenó a Arteaga Plazas son imprescriptibles por haber sido sistemáticos y generalizados. El concepto de delitos de lesa humanidad hace referencia a actos, como asesinatos o desapariciones, que forman parte de un ataque sistemático o generalizado contra la población civil. Al estar calificados de esta manera, no pueden ser objeto de amnistías ni desaparecen con el paso del tiempo, lo que permite que los responsables sean investigados y juzgados en cualquier momento.

La decisión judicial fue notificada como susceptible de apelación, mientras las víctimas y sus representantes reclaman que se profundicen las investigaciones para determinar todas las responsabilidades detrás de los hechos.




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